El permiso de trabajo en los EEUU llamado en inglés Employment Autorization Document EAD es un documento el cual proporciona el departamento de inmigración USCIS para poder trabajar legalmente en el país. Solo lo pueden obtener algunas personas que se encuentren con un estatus migratorio legal específicamente, en cambio existen algunos tipos de visas de trabajo que permiten trabajar sin requerir un EAD.
Si pasaron 150 días y no se ha decidido el caso de asilo, puede pedir un permiso de trabajo al USCIS con la I-765, teniendo en cuenta que ese conteo comienza desde el dia que inmigración ha recibido su caso y esta fecha es la que aparece en el recibo que ellos le envían. El gobierno tiene 30 días para aprobar o negar la solicitud. Si es denegada la solicitud de asilo antes de los 180 días de someterla, también se rechazará la solicitud para el permiso de trabajo. Si pasan más de 180 días y no hay una decisión en el caso de asilo, el solicitante debería recibir un permiso de trabajo interino que será válido durante el tiempo que tome la revisión y posibles apelaciones en el caso. Es recomendable hacer esta solicitud por lo menos 90 dias con anticipacion antes que se expida su EAD.
Si pasaron 150 días y no se ha decidido el caso de asilo, puede pedir un permiso de trabajo al USCIS con la I-765, teniendo en cuenta que ese conteo comienza desde el dia que inmigración ha recibido su caso y esta fecha es la que aparece en el recibo que ellos le envían. El gobierno tiene 30 días para aprobar o negar la solicitud. Si es denegada la solicitud de asilo antes de los 180 días de someterla, también se rechazará la solicitud para el permiso de trabajo. Si pasan más de 180 días y no hay una decisión en el caso de asilo, el solicitante debería recibir un permiso de trabajo interino que será válido durante el tiempo que tome la revisión y posibles apelaciones en el caso. Es recomendable hacer esta solicitud por lo menos 90 dias con anticipacion antes que se expida su EAD.
Documentos necesarios para la solicitud de EAD ( varían según caso )
Formulario I-765 ( si califica, puede enviarse electrónicamente ) Revise cada categoria elegible a su caso
Fotocopia de su registro de entrada al país o su I-94 ( no aplica categoría de ajuste de estatus )
Fotocopia de permisos de trabajos anteriores por ambos lados, sí aplica
2 fotos tamaño pasaporte tomadas no más de 30 dias previos para solicitar el EAD
El costo de la solicitud actualmente es de $410, en algunos casos tales como DACA deben de pagar tarifa de datos biográficos de $85. Estos precios presentarón un cambio a partir del 23 de Diciembre del 2016. Estas tárifas pueden ser eximidas si puedes presentar pruebas contundentes tales como bajos ingresos, emergencias económicas, ayuda monetariamente, entre otras, dicha solicitud deberás presentarla junto con la solicitud del EAD y todas las pruebas necesarias nombradas en los requisitos de la misma Solicitud de Exención de Tarifas / Fee Waiver I-912. Recuerda que toda solicitud presentada a inmigración debe ser en inglés o traducida por una persona o compañia competente y en algunos casos certificada por una entidad reconocida por USCIS encuentra servicios legales acreditados por inmigracion
Si presentas el permiso de trabajo por primera vez o bajo de las categorías de refugiado, algunos casos de asilo, visas T1 ( tráfico de personas ), U-1 ( violencia domestica ), N-8, N-9. No deberás pagar esta tarifa. También si eres un extranjero el cual se ha suspendido tu deportación, VAWA, personas que trabajen para organizaciones internacionales ubicadas en EEUU o NATO, y ciudadanos de Micronesia, Palau o las Islas Marshall.
Siempre se recomienda que si tu caso es complejo, tu deber es contratar de algun Abogados de Inmigración experto en la materia. Si tu caso es denegado USCIS te enviará una carta explicando la razón el cual ha sido rechazada, no podrás apelar en estos casos pero tienes opción de reabrir o reconsideración de tu caso.
Muchas personas han obtenido un ITIN y al obtener tu número de seguro social tienes que hacer un cambio ante las autoridades competentes IRS.
En tal caso que se demore tu petición podrás hacer una demanda ante USCIS para una pronta respuesta sobre tu archivo o el proceso del mismo, este proceso se llama Writ of Mandamus, para ello tienes que cumplir con una serie de requerimientos antes de entablar esta demanda ante la corte federal.
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